Rawls
continúa realizando unas aclaraciones muy interesantes sobre la
tendencia a la igualdad como elemento fundamental de su teoría. Como
hemos visto, el principio de diferencia lleva implícito el principio
de compensación ya que las desigualdades naturales, inmerecidas, son
corregidas para tratar de igual manera a todas las personas y
proporcionarles una auténtica igualdad de oportunidades. Así, la
sociedad tendrá que dar mayor atención a quienes tienen menos dones
naturales y a quienes han nacido en las posiciones sociales menos
favorables. La idea es compensar las desventajas contingentes en
dirección hacia la igualdad.
El
principio de diferencia no es el principio de compensación y no
exige que la sociedad trate de nivelar las desventajas como si se
esperara que todos fueran a competir sobre una base equitativa en la
misma carrera. Pero el principio de diferencia asignaría recursos,
digamos en la educación, de modo que mejoraría las expectativas a
largo plazo de los menos favorecidos. Si este fin se alcanza dando
más atención a los mejor dotados, entonces, es permisible, pero de
otra manera no lo es. Y al tomar esta decisión, el valor de la
educación no deberá ser medido únicamente en términos de
eficiencia económica y bienestar social. Del mismo modo es igual o
más importante, el papel que desempeña la educación al capacitar a
una persona para disfrutar la cultura de su sociedad y para tomar
parte en sus asuntos, proporcionando de este modo a cada individuo un
sentido seguro de su propia valía.
El
principio de diferencia representa, el acuerdo de considerar la
distribución de talentos naturales, en ciertos aspectos, como un
acervo común, y de participar en los beneficios de esta
distribución, cualesquiera que sean. Aquellos que han sido
favorecidos por la naturaleza, pueden obtener provecho de su buena
suerte sólo en la medida en que mejoren la situación de los no
favorecidos. Los favorecidos por la naturaleza no podrán obtener
ganancia por el mero hecho de estar más dotados, sino solamente para
cubrir los costos de su entrenamiento y educación y para usar sus
dones de manera que también ayuden a los menos afortunados. Nadie
merece una mayor capacidad natural ni tampoco una lugar inicial más
favorable en la sociedad. Sin embargo, esto no es razón, por
supuesto, para eliminar estas distinciones. Hay otra manera de
hacerles frente. Más bien, lo que es posible es configurar la
estructura básica de modo tal que estas contingencias funcionen en
favor de los menos afortunados. El principio de diferencia expresa
una concepción de reciprocidad. Es un principio de beneficio mutuo
Se
puede rechazar por tanto la afirmación de que la ordenación de las
instituciones siempre es defectuosa, ya que la distribución de los
talentos naturales y las contingencias de la circunstancia social son
injustas, y que esta injusticia se trasmite inevitablemente a los
acuerdos humanos. Esta reflexión es presentada en ocasiones como
excusa para tolerar la injusticia, como si el negarse a aceptar la
injusticia fuera comparable con la incapacidad de aceptar la muerte.
La distrubución natural no es ni justa ni injusta, como tampoco es
injusto que las personas nazcan en una determinada posición social.
Éstos son hechos meramente naturales. Lo que puede ser justo o
injusto es el modo en que las instituciones actúan respecto a estos
hechos.
En
la justicia como imparcialidad los hombres convienen en compartir el
destino común. Al formar sus instituciones deciden aprovechar los
accidentes de la naturaleza y las circunstancias sociales sólo
cuando el hacerlo sea para el beneficio común. Los dos principios
son una manera equitativa de afrontar las arbitrariedades de la
fortuna, y las instituciones que los satisfacen son justas, aunque en
otros aspectos sean seguramente imperfectas.
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